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CUIDADO CON LOS FAROS DE XENON NO HOMOLOGADOS

MensajePublicado:07 May 2009, 16:01
por FERCAS160
ImagenHola a todos/as

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. Las lámparas de descarga deben estar homologadas oficialmente y
adecuarse a la normativa ECE/99, no solamente contemplarla (muchos kits
rezan: CONFORME A E99). Dicha normativa sólo permite una disposición
concreta de los elementos de la lámpara, unos tipos de casquillo y
unas características lumínicas. Los kits existentes no se adecuan a
dicha norma por el empleo de un casquillo no reconocido (es como el
empleado en lámparas halógenas) y además, todas las lámparas de los
kits sólo servirían para faros de proyección pues no llevan elemento
reflector en el bulbo.
2. Los faros para lámparas halógenas sólo pueden emplearse con
lámparas halógenas y los faros de lámparas de descarga sólo deben
llevar lámparas de descarga. Para saber si un faro admite halógena o
descarga, en el código de homologación que debe llevar marcado
indeleblemente pondrá "H" (para lámpara Halógena) ó "D" (para
lámpara de Descarga) Esto invalida completamente el uso de lámparas
de una tecnología en faros pensados para otra
3. La necesidad de instalación de un lava faros según ECE/48
implica un desembolso económico importante. Un kit de lava faros
universal telescópico cuesta aproximadamente 350.-EUROS mano de obra
no incluida. (ejemplo HELLA 8WT 008 549-101)
4. La necesidad de instalación de un regulador automático de
alcance universal, según ECE/48 implica un desembolso económico de
450.-EUROS. (ejemplo HELLA 8XX 008 614-011)
5. Cualquier modificación del sistema de iluminación de serie del
vehículo debe ser comunicada a la autoridad y debe ser aprobada
6. Los equipos electrónicos (circuito cebador, alimentadores, etc)
deben ajustarse a la regulación de inmunidad a las interferencias
radioeléctricas ECE/11
7. En ninguna normativa oficial ni de ámbito local se reconoce la
posibilidad de reemplazar las lámparas de filamento por las de
descarga
8. En algunos comercios se están vendiendo como kits homologados,
cuando la única homologación de que disponen, generalmente, es la
ECE11, PERO NO ES SUFICIENTE. El comprador de un kit al que se lo hayan
vendido como "legal" puede demandar al comercio y, en caso de conflicto
con la compañía de seguros por un siniestro o de retirada del permiso
de circulación, el comerciante será responsable civil subsidiario.
Esto lo recoge la legislación española y más concretamente el
código de comercio.
9. Los únicos kits con homologación oficial COMPLETA se basan en
la substitución completa de los faros y la instalación de lava faros
y reguladores de alcance automático, si el vehículo no dispusiera de
estos últimos. SÓLO están disponibles para los siguientes modelos:
Audi A3, Ford Focus, BMW E39, Opel Astra G3/99, VW Golf IV, Bora y
Passat B5 y Mercedes Clase E. Su precio puede rondar más de
2000.-Euros mano de obra no incluida

RESUMIENDO

* La compañía de seguros, en caso de siniestro, no se hará cargo
de responsabilidad alguna (aunque el uso de dicho kit no haya sido un
factor del accidente)
* Se están empleando temperaturas de color que no están
autorizadas para circular por Europa y que causan molestias
* Balastos que no tienen probada su resistencia a la alta tensión
y pueden producir una descarga mortal al que se encuentre manipulando
en su proximidad (no es necesario contacto directo)
* Bulbos de proyección en faros de reflexión y en faros de tipo
halógeno. El resultado es un haz no uniforme y que causa molestias a
otros conductores e incluso puede provocar reflejos al propio conductor
* Circular con kits de xenón por las vías públicas puede
provocar que nos retiren el permiso de circulación del vehículo

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