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ARTÍCULO 254.- REGLAMENTO ESPECÍFICO PARA VEHÍCULOS DE PRODUCCIÓN (GRUPO N).
1.- DEFINICIÓN.
Vehículos de turismo de gran producción en serie.
2.- HOMOLOGACIÓN
De estos vehículos deberán haberse producido, al menos, 2.500 unidades completamente idénticas en 12 meses
consecutivos y homologadas por la FIA en Vehículos de Turismo (Grupo A).
Las variantes de suministro (VF) de las fichas de Vehículos de Turismo (Grupo A) son igualmente válidas en los
Vehículos de Producción (Grupo N).
Todas las Variantes de Producción (VP) son válidas en Vehículos de Producción (Grupo N).
Las variantes opcionales (VO) de la ficha de los Vehículos de Turismo (Grupo A) no serán válidas en los
Vehículos de Producción (Grupo N), salvo que se refieran a:
- Volante motor para cajas de cambio automáticas.
- Depósitos de carburante.
- Cajas de cambio automáticas.
- Techo practicable (incluidos techos solares abatibles por encima de la línea del techo);
- Jaula de seguridad.
- Soportes y anclajes de los asientos.
- Puntos de fijación de los arneses.
- Versión 2/4 puertas.
Las Variantes Opción de Super Producción (SP) no serán válidas en Vehículos de Producción (Grupo N).
Deben usarse las variantes de opción (VO) específicas de Grupo N.
La utilización de depósitos homologados en VO en la ficha de Vehículos de Turismo (Grupo A), debe hacerse en
las condiciones previstas por el artículo 5.9.2 del reglamento de los Vehículos de Turismo (Grupo A) y el artículo
254.6.8.
Las evoluciones de tipo (ET), las variantes-kit (VK), así como las evoluciones deportivas (ES) homologadas en
Grupo A no son válidas en los Vehículos de Producción (Grupo N).
No obstante, las evoluciones de tipo y las evoluciones deportivas homologadas a partir de 01.01.97 en Grupo A,
son válidas en Grupo N.
3.- NÚMERO DE PLAZAS.
Estos vehículos deberán tener, al menos, cuatro plazas, según las dimensiones definidas para los Vehículos de
Turismo (Grupo A).
4.- MODIFICACIONES Y MONTAJES AUTORIZADOS U OBLIGATORIOS.
Toda modificación no autorizada expresamente, está prohibida. Los únicos trabajos que se podrán efectuar sobre
el vehículo serán los necesarios para su mantenimiento normal, o la sustitución de piezas deterioradas por el uso o
por accidente. Los límites de las modificaciones y montajes autorizados se especifican a continuación. Además de
estas autorizaciones, toda pieza deteriorada por el uso o por accidente podrá reemplazarse por una pieza, de
origen, idéntica a la pieza dañada.
Los vehículos deberán ser estrictamente de serie e identificables por los datos que figuran en la ficha de
homologación.
5.- PESO MÍNIMO.
5.1) Los vehículos deberán tener, al menos, el peso que aparece en su ficha de homologación.
Este es el peso real del vehículo vacío (sin personas o equipaje a bordo), sin herramientas o gato y con un máximo
de una rueda de repuesto.
En el caso de llevar a bordo dos ruedas de repuesto, la segunda rueda deberá ser retirada antes del pesaje. Todos
los depósitos de líquidos (lubricación, refrigeración, frenado, calefacción, si ha lugar) deben estar al nivel normal
previsto por el fabricante, excepto los depósitos del lavaparabrisas o lavafaros, sistema de refrigeración de frenos,
de combustible y de inyección de agua que deberán estar vacíos.
Los faros suplementarios que no figuren en la ficha de homologación deberán retirarse antes del pesaje.
5.2) En rallyes únicamente, el peso mínimo del vehículo (bajo las condiciones del artículo 5.1) con el equipo a
bordo (piloto + copiloto + equipamiento completo del piloto y el copiloto) será: Peso mínimo definido por el art.
5.1 + 150 kg respectivamente. En cualquier caso, el peso definido por el artículo 5.1 debe respetarse también.
6.-
6.1.- Motor.
- Los recubrimientos del motor construidos en plástico, que tengan la finalidad de cubrir los elementos
mecánicos en el compartimento motor, pueden retirarse si únicamente tienen una función estética.
- Se permite retirar el material insonorizante y los guarnecidos montados bajo el capó motor y no
visibles desde el exterior.
- Se permite reemplazar o duplicar el cable del mando del acelerador por otro, provenga o no del constructor. Este
cable de repuesto debe ser un cable de emergencia, esto es, debe montarse en paralelo con el cable de acelerador
de serie. Si el vehículo está equipado con una palomilla de acelerador motorizada, puede usarse un kit de
acelerador de accionamiento mecánico homologado en Grupo N.
- Los tornillos y tuercas pueden cambiarse a condición de seguir siendo de un material ferroso.
- Encendido: La marca y tipo de las bujías, limitador de revoluciones y cables de alta tensión son libres.
La caja y las piezas de la centralita electrónica relativas al encendido son libres. No obstante, el sistema deberá ser
totalmente intercambiable con la unidad de origen.
El cableado original debe mantenerse y no puede ser modificado.
Los sensores y actuadores en el lado de entrada deben ser los de origen, así como su función.
No se podrá añadir ningún sensor, incluso con la única finalidad de la obtención de datos.
Se prohíbe añadir un interruptor en el cableado original entre la unidad de control electrónica y un sensor y/o
actuador.
En el caso en que un modelo esté equipado con un circuito eléctrico multiplexado, se permite el uso de cableado
junto con una unidad electrónica de control homologada como Variante Opción.
- Cualquier sistema de captación de datos está prohibido, excepto si está instalado en el vehículo homologado.
Sólo el sistema de captación de datos que monte el vehículo de serie puede ser usado. En ningún caso puede ser
modificado o registrar parámetros adicionales.
Se autoriza añadir solo los siguientes sensores:
Temperatura de agua, temperatura de aceite, y régimen de motor.
Cada uno de estos sensores podrá ser conectado a uno o varios registradores (con posibilidad de memorizar los
datos) por medio de una instalación completamente independiente de cualquier otra instalación.
- Sistema de refrigeración: El termostato es libre, así como el sistema de control y la temperatura de arranque del
ventilador. El sistema de bloqueo para el tapón del radiador es libre.
- Carburadores: Debe mantenerse el sistema original. Los elementos del carburador que controlan la cantidad de
gasolina que entra en la cámara de combustión pueden modificarse, siempre que no tengan ninguna influencia
sobre la admisión de aire.
Se acepta la sustitución de los cartuchos del filtro del aire, siempre que sean como los de origen.
-Inyección: Debe mantenerse el sistema original. Los elementos del sistema de inyección situados aguas abajo del
dispositivo de medición del caudal de aire que regula la cantidad de gasolina que entra en la cámara de combustión
pueden modificarse, pero no suprimirse, siempre que no tengan ninguna influencia sobre la admisión de aire. El
interior de la centralita electrónica para la inyección es libre. Las entradas de la centralita (sensores, actuadores,
etc.), incluyendo su función, deben ser las de serie.
Se prohíbe añadir un interruptor en el cableado original entre la unidad de control electrónica y un sensor y/o
actuador.
Las salidas de la centralita electrónica deben mantener sus funciones de origen según la ficha de homologación.
En el caso en que un modelo esté equipado con un circuito eléctrico multiplexado, se permite el uso de cableado
junto con una unidad electrónica de control homologada como Variante Opción.
Será necesario asegurarse que los sensores usados por un vehículo equipado con un circuito eléctrico multiplexado
pueden conservarse con el cableado homologado.
Los inyectores pueden modificarse o sustituirse con el fin de modificar su caudal, pero sin modificar su principio
de funcionamiento o sus anclajes.
La rampa de inyección puede reemplazarse por otra de libre diseño pero dotada de conectores roscados destinados
a conectar las canalizaciones y el regulador de presión de gasolina, siempre y cuando la fijación de los inyectores
sea idéntica a la de origen.
Se acepta la sustitución de los cartuchos del filtro del aire, siempre que sean como los de origen.
Lubricación: Se autoriza la instalación de tabiques en el cárter de aceite. Se acepta la sustitución de los cartuchos
del filtro de aceite, siempre que sean como los de origen.
Para los motores equipados de turbocompresor se pueden reemplazar las canalizaciones de lubricación del turbo
compresor por canalizaciones que estén conformes al artículo 253-3.2. Estas canalizaciones puedes igualmente
estar equipadas de conexiones rápidas.
Los soportes del motor y de la caja de cambios deben ser originales u homologados.
Si los soportes son los originales, el material de la parte elástica es libre.
- Escape: Será posible:
× O bien retirar el interior del silencioso de origen;
× O bien modificar el escape desde el primer silencioso hasta la salida, las dimensiones máximas el diámetro
exterior máximo del conducto serán las será el del tubo situado aguas arriba del primer silencioso (ver dibujo
254-3 y punto 328p de la ficha de homologación de Grupo N).
Si el conducto original aguas arriba del primer silencioso es doble, el diámetro exterior máximo del nuevo
conducto debe corresponder a la misma sección que la de los dos tubos.
Para los coches equipados de turbocompresor se permite modificar el escape a partir de la placa de fijación del
escape sobre el turbocompresor, la sección máxima del escape siendo el diámetro de serie el de entrada al primer
silencioso. La adición entre la placa de fijación del escape sobre el turbocompresor y el conducto de escape podrá
ser cónico. En el caso de que existan dos entradas al primer silencioso, la sección del conducto modificado debe
ser menor o igual que el total de las dos secciones originales. En la salida deberá haber un solo tubo, excepto si se
usa la pieza de origen. La salida deberá estar situada en la misma posición que en el escape de origen.
Estas libertades no deben entrañar ninguna modificación de la carrocería y deben respetar la legislación del país de
la prueba en lo que concierne a los niveles sonoros.
Las piezas suplementarias para el montaje del escape están autorizadas.
Un silencioso es una parte del sistema de escape, destinado a reducir el nivel del ruido de escape del vehículo. La
sección transversal del silencioso debe ser al menos el 170% del tubo de entrada y contener material absorbente
del ruido. El material absorbente del ruido debe tener la forma de un tubo perforado en un 45% o de un envase
sintético.
La longitud del silencioso debe estar comprendida entre 3 y 8 veces su diámetro de entrada.
El silencioso debe ser una pieza soldada a un tubo, pero el tubo no se considerará parte del silencioso.
El convertidor catalítico es considerado como un silencioso y puede ser desplazado.
Después del catalizador, el escape será libre con un diámetro máximo del tubo igual al de la salida del catalizador.
Todos los vehículos deberán estar equipados con un catalizador de escape original u homologado, si éste es
obligatorio en el país en el que están matriculados, debiendo respetar el nivel de ruido definido en el artículo
252-3.6.
El catalizador podrá quitarse si no es obligatorio en el país organizador.
- Junta de culata: El material es libre, pero no el espesor.
- Controlador de la velocidad de crucero: Este controlador puede desconectarse.
- Solamente en rallyes:
El número de cilindros se limita a 6. Para motores atmosféricos, la cilindrada se limita como sigue:
a) Motores atmosféricos:
- 3 l máximo para dos válvulas por cilindro.
- 2,5 l máximo para más de dos válvulas por cilindro.
b) Motores sobrealimentados:
La cilindrada nominal se limita a un máximo de 2.500 cm3. El sistema se sobrealimentación debe ser como el del
motor homologado.
Todos los vehículos sobrealimentados deben estar equipados con una brida fijada a la carcasa del compresor. Todo
el aire necesario para la alimentación del motor debe pasar a través de esta brida, que deberá respetar lo siguiente:
El diámetro máximo interior de la brida es de 32 mm mantenido sobre una longitud mínima de 3 mm, medido
aguas abajo de un plano perpendicular al eje de rotación situado a un máximo de 50 mm aguas arriba de un plano
que pase por los extremos más aguas arriba de los álabes de la rueda (ver dibujo 254-4).
Este diámetro debe respetarse independientemente de las condiciones de temperatura.
El diámetro exterior de la brida a nivel del cuello, debe ser inferior a 38 mm, y debe mantenerse sobre una longitud
de 5 mm a cada lado de este.
El montaje de la brida sobre el turbocompresor debe hacerse de tal manera que sea necesario retirar
completamente dos tornillos del cuerpo del compresor, o de la brida, para poder desacoplar la brida del compresor.
El anclaje por tornillos de punzón no está autorizado.
Para la instalación de esta brida, se permite retirar material de la carcasa del compresor, y añadirlo, con el único
propósito de fijar la brida sobre la carcasa del compresor.
Las cabezas de los tornillos de fijación deben taladrarse para que puedan ser precintadas.
La brida debe estar hecha de un único material y solo puede taladrarse con el fin de instalarla y precintarla, que
debe poder hacerse entre los tornillos de fijación, entre la brida (o la fijación brida / carcasa del compresor), la
carcasa del compresor (o la fijación carcasa / placa de cierre) y la carcasa de la turbina (o la fijación carcasa / placa
de cierre) (ver dibujo 254-4).
En el caso de un motor con dos compresores en paralelo, cada compresor está limitado a un diámetro de entrada
máximo de 22,6 mm.
- Motor diesel:
Para vehículos con motores Diesel, la brida debe tener un diámetro interno máximo de 35 mm y una dimensión
externa de 41 mm, en las condiciones fijadas anteriormente (este diámetro puede ser revisado sin previo aviso).
En el caso de un motor equipado con dos compresores en paralelo, cada compresor debe ser limitado por
una brida de diámetro interior máximo de 22,7 mm, y un diámetro exterior máximo de 28,7 mm, en las
condiciones descritas anteriormente.
Esta brida, obligatoria en rallyes y en el Campeonato de Europa de Montaña, no está prohibida en otras pruebas, si
un concursante decidiera utilizarla.
6.2.- Transmisión.
6.2.1.-Embrague:
El disco es libre, incluyendo el peso, salvo en lo que concierne al número. El diámetro del disco del embrague
puede incrementarse.
6.2.2.- Caja de cambios:
El interior de la caja de cambios es libre.
El número de dientes y relaciones de cambio homologadas en Grupo N debe mantenerse.
Las rótulas del varillaje de accionamiento de la caja de cambios es libre.
Debe conservarse la forma de la rejilla de selección de la palanca de cambios del vehículo homologado.
6.2.3.- Diferencial:
Se permite el uso de un diferencial mecánico de deslizamiento limitado, siempre que pueda instalarse en el
alojamiento de serie y que esté homologado en Variante opción (VO).
El ángulo de las rampas y el número de discos no pueden ser modificados con respecto al diferencial de
serie o el diferencial homologado en VO. De todas formas, el espesor de los discos sí puede modificarse.
Para permitir su montaje, puede ser modificado el interior de la carcasa del diferencial original.
“Diferencial mecánico de deslizamiento limitado” es un sistema que trabaja de una forma puramente mecánica, es
decir, sin la ayuda de un sistema hidráulico o eléctrico.
Un diferencial viscoso no se considera como un sistema mecánico.
Si el vehículo homologado está equipado con un diferencial viscoso, este podrá mantenerse pero no añadirse otro
diferencial.
Si el vehículo está originalmente equipado con un diferencial controlado por un sistema electrónico, la unidad de
control electrónico es libre, pero deberá ser totalmente intercambiable con la unidad de origen (es decir, el
diferencial debe funcionar cuando la unidad se reemplace por la de serie).
Los sensores y actuadotes de entrada deben ser los de origen, así como su función.
No se puede añadir ningún sensor, ni siquiera con la finalidad de captación de datos.
El cableado no puede ser modificado.
6.2.4) Semiárboles:
Deben ser originales u homologados en Variante Opción (VO).
6.3.- Suspensión.
La modificación de los reglajes de los resortes y / o amortiguadores desde el habitáculo está prohibido.
Se permite reforzar de los elementos estructurales de la suspensión (con la excepción de barras estabilizadoras) y
sus puntos de anclaje mediante la adición de material.
Los refuerzos de suspensión no deben crear secciones cóncavas y no deben permitir a dos partes separadas ser
unidas para formar una sola.
- Muelles: Los asientos de los muelles pueden ser ajustables, si la pieza ajustable forma parte del asiento y es
distinta de otras piezas originales de la suspensión y del chasis (puede retirarse).
- Muelles helicoidales: La longitud es libre, así como el número de espiras, el diámetro del hilo, el diámetro
exterior, el tipo de muelle (progresivo o no) y la forma de los asientos del muelle.
El número de muelles y los asientos del muelle son libres con tal que los muelles estén montados en serie.
- Ballestas: La longitud es libre, así como la anchura, el espesor y la curvatura vertical.
- Barras de torsión: El diámetro es libre.
Estas libertades sobre los resortes de la suspensión no autorizan a incumplir el artículo 205 de la ficha de
homologación (altura mínima del centro del cubo de la rueda, apertura del paso de rueda).
- Amortiguadores: Libres, siempre que se mantenga su número, su tipo (telescópico, de brazo, etc.), su principio
de funcionamiento (hidráulico, de fricción, mixto, etc.) y sus puntos de anclaje. Los depósitos de los
amortiguadores podrán fijarse sobre la carrocería, sin modificar, del vehículo. Si los amortiguadores tienen reserva
de fluido separada localizada en el habitáculo, o en el maletero si este no está separado del habitáculo, éstas deben
estar sólidamente fijadas y deben estar cubiertas por una protección.
Un “silent-block” puede sustituirse por una articulación “Uniball”, pero solo en el caso de que el amortiguador no
tenga función de guiado.
Únicamente para rallyes en el continente africano, un "silent-block" puede reemplazarse por una articulación
"Uniball", incluso si el amortiguador tiene una función de guiado.
Los amortiguadores de gas se considerarán, a efectos de su principio de funcionamiento, como amortiguadores
hidráulicos.
- Amortiguador de suspensión tipo Mc Pherson:
En el caso de que para sustituir un elemento de suspensión tipo Mc Pherson o de una suspensión que funcione de
manera idéntica, sea necesario cambiar el elemento telescópico y/o tirante de suspensión (amortiguador y
sistema de conexión al portamangueta), las nuevas piezas deben ser mecánicamente equivalentes a las piezas de
origen y tener los mismos puntos de anclaje.
La forma de los asientos de los muelles en las suspensiones Mc Pherson es libre. Su material es libre.
En el caso de una suspensión oleoneumática, las esferas podrán cambiarse en sus dimensiones, forma y material,
pero no su número. Puede instalarse sobre las esferas una llave regulable desde el exterior del vehículo.
- Silent blocks: El elastómero de un silent block únicamente puede reemplazarse por un elastómero (dureza
máxima 80 Shores).
6.4.- Ruedas y neumáticos.
6.4.1.- Ruedas.
Las ruedas son libres, respetando el diámetro máximo homologado (artículo 801.a) y la anchura máxima
homologada (artículo 801.b) que se considera un máximo.
Se permite el uso de ruedas con menores dimensiones. Las ruedas hechas en magnesio forjado están
prohibidas (ruedas de origen incluidas).
Deben estar cubiertas por las aletas (mismo sistema de verificación que en Grupo A, artículo 255.5.4) y debe
respetarse la vía máxima indicada en la ficha de homologación.
La rueda de repuesto podrá desplazarse al interior del habitáculo, a condición de que esté sólidamente fijada y de
que no esté instalada en el espacio reservado a los ocupantes.
El cambio de las fijaciones de las ruedas, de tornillos a espárragos y tuercas, podrá hacerse a condición de respetar
el número de puntos de anclaje y el diámetro de las partes roscadas como se indica en el dibujo 254-1.
Los extractores de aire, añadidos sobre las ruedas, están prohibidos.
6.4.2.- Neumáticos.
Los neumáticos son libres a condición de que puedan montarse sobre estas ruedas.
Se prohíbe el uso de cualquier dispositivo que permita a un neumático conservar sus prestaciones con una presión
interna igual o menor a la presión atmosférica. El interior del neumático (espacio comprendido entre la llanta y la
parte interna del neumático) debe llenarse únicamente con aire.
6.4.3.- Rueda de repuesto.
La(s) rueda(s) de repuesto es(son) obligatoria(s) si se mencionan en la ficha de homologación. La rueda de
repuesto podrá desplazarse al interior del habitáculo, a condición de que esté firmemente fijada y que no esté
instalada en la zona destinada a los ocupantes.
6.5.- Sistema de frenado.
Con excepción de las modificaciones autorizadas en este artículo, el sistema de frenado debe ser original u
homologado en Variante Opción (VO).
La unidad de control electrónico del sistema de frenos es libre, pero deberá ser totalmente intercambiable con la
unidad de origen (es decir, el sistema de frenos debe funcionar cuando la unidad se reemplace por la de serie).
Los sensores y actuadotes de entrada deben ser los de origen, así como su función.
No se puede añadir ningún sensor, ni siquiera con la finalidad de captación de datos.
El cableado no puede ser modificado.
Los forros de freno son libres, así como su fijación (remachado, pegado, etc.), a condición de que la superficie de
rozamiento no aumente.
Las chapas de protección podrán retirarse o doblarse.
En el caso de vehículos equipados con servofreno, este dispositivo puede desconectarse o reemplazarse por el
kit homologado en VO. Lo mismo se aplica a los sistemas antibloqueo de frenos. Si el sistema antibloqueo de
frenos (ABS) se desconecta o suprime, se autoriza el uso de un distribuidor de frenada trasera mecánico
homologado por el fabricante como VO.
Se permite añadir un resorte en los pistones de las pinzas y reemplazar las juntas y los guardapolvos de las
pinzas.
Las conducciones de freno pueden cambiarse por conducciones tipo aviación.
Se puede añadir un dispositivo para eliminar el barro que se acumule sobre los discos de freno y/o las llantas.
6.5.1.- Freno de mano.
Puede reemplazarse el freno de mano mecánico por un sistema hidráulico homologado en Grupo N, pero en este
caso un circuito de frenos en diagonal (en X) es obligatorio.
6.6.- Dirección.
Las canalizaciones que unen la bomba de dirección asistida a la cremallera de dirección pueden reemplazarse por
canalizaciones conforme al Art. 253-3.2.
6. 7.- Carrocería.
6. 7.1.- Exterior:
Los embellecedores de rueda deben retirarse.
Se pueden montar protectores de faros, siempre que su única función sea cubrir el vidrio del faro, sin influir en la
aerodinámica del vehículo.
El montaje de protecciones inferiores solo se autoriza en rallies, a condición de que sean realmente protecciones que
respeten la altura mínima al suelo, que sean desmontables y que estén concebidas exclusiva y específicamente con el
fin de proteger los elementos siguientes: motor, radiador, suspensión, caja de cambios, depósito, transmisión,
dirección, escape y botellas de los extintores.
Las protecciones inferiores pueden extenderse toda la anchura de la parte inferior del paragolpes delantero sólo por
delante del eje delantero.
Los puntos de anclaje de los paragolpes delantero y trasero no pueden modificarse (no se autorizan puntos de
anclaje adicionales).
Se puede utilizar cualquier sistema para bloquear el tapón del depósito de gasolina.
Se autoriza el cambio de las escobillas limpiaparabrisas delanteras y traseras.
Las piezas de insonorización en plástico pueden retirarse del interior de los pasos de rueda. Esas piezas de plástico
pueden reemplazarse por elementos en aluminio o en plástico con la misma forma.
Pueden retirarse los elementos de protección en plástico fijadas bajo la carrocería (recorridas por el flujo de
aire).
6.7.2.- Habitáculo:
Los asientos delanteros pueden retrasarse pero no más allá del plano vertical definido por el borde delantero del
asiento trasero de origen.
El límite relativo al asiento delantero está constituido por la altura del asiento sin reposacabezas, si el reposacabezas
está integrado en el asiento, por la parte más atrasada de los hombros del conductor.
Los asientos traseros pueden retirarse.
Los cinturones de seguridad traseros pueden retirarse.
6.7.2.1.
En el caso de instalar el depósito de combustible en el maletero y que se hayan retirado los asientos traseros, un
panel resistente al fuego y estanco deberá separar el habitáculo del depósito.
En el caso de vehículos de dos volúmenes, será posible utilizar una pared no estructural de plástico estanca
transparente e ininflamable entre el habitáculo y el emplazamiento del depósito.
6.7.2.2. -Salpicadero.
El salpicadero y la consola central deben permanecer de origen.
6.7.2.3.- Puertas-revestimientos laterales:
Se permite retirar el material de insonorización de las puertas, siempre que no se modifique su aspecto.
a) Se permite retirar el guarnecido de las puertas así como las barras de protección lateral con el fin de instalar un
panel de protección lateral construido en material compuesto. La configuración mínima de este panel deberá estar
conforme con el dibujo 255-14.
b) En el caso en el cual la estructura original de las puertas no haya sido modificada (supresión aunque sea parcial de
las barras o de los refuerzos), los paneles de las puertas pueden hacerse de chapa metálica de 0,5 mm de espesor
mínimo, de fibra de carbono de al menos 1 mm de espesor o de otro material sólido y no inflamable de 2 mm de
espesor como mínimo.
Las normas antes mencionadas se aplican igualmente para los revestimientos situados bajo las ventanas laterales
traseras en los vehículos de dos puertas.
La altura mínima del panel de protección lateral de las puertas debe extenderse desde la base de la puerta a la altura
máxima de la traviesa de la puerta.
Se permite sustituir un elevalunas eléctrico por un elevalunas manual.
Se permite sustituir un elevalunas manual por un elevalunas eléctrico.
6.7.2.4.- Suelo:
Las alfombrillas son libres y pueden retirarse.
6.7.2.5.- Otros materiales de insonorización y guarnecidos:
Se permite retirar los materiales de insonorización y los guarnecidos, excepto los mencionados en los artículos
6.7.2.3. (Puertas) y 6.7.2.2. (Salpicadero).
6.7.2.6.- Sistema de calefacción:
El sistema de calefacción de origen debe mantenerse.
Pueden quitarse los siguientes elementos del aire acondicionado: condensador y ventilador auxiliar, depósito del
fluído, evaporador y ventilador del evaporador, válvula de expansión, así como todos los tubos, las conexiones,
interruptores de contacto, sensores y actuadores necesarios para el funcionamiento del sistema.
Sólo si el sistema de accionamiento es completamente independiente de cualquier otro dispositivo puede
retirarse el compresor del aire acondicionado. Si ese no es el caso, la eliminación de dicho compresor debe ser
homologada en VO.
El compresor puede dejarse inoperante. Si ciertos elementos son comunes al sistema de calefacción, deben
mantenerse.
6.7.2.7.- Puede retirarse la bandeja trasera desmontable de los vehículos dos volúmenes.
6.7.3.- Accesorios adicionales.
Se autorizan, sin restricciones, todos los accesorios que no tengan ningún efecto sobre el comportamiento del
vehículo, tales como los que afectan a la estética o a la comodidad interior (iluminación, calefacción, radio, etc.).
Estos accesorios no podrán, en ningún caso, ni siquiera indirectamente, aumentar la potencia del motor, o tener
influencia sobre la dirección, la transmisión, los frenos o la estabilidad.
La función de todos los mandos deberá ser la prevista por el constructor. Se permite adaptarlos para hacerlos más
utilizables o más fácilmente accesibles, como por ejemplo, una palanca del freno de mano más larga, una placa
adicional en el pedal de freno, etc.
Se permite lo siguiente:
1) Los instrumentos de medida, velocímetros, etc., pueden instalarse o sustituirse, con funciones eventualmente
diferentes. Tales instalaciones no deben entrañar riesgos. Sin embargo, el velocímetro no podrá retirarse, si el
reglamento particular de la prueba lo prohíbe.
2) La bocina puede cambiarse o añadirse otra adicional al alcance del pasajero. La bocina no es obligatoria en
carreteras cerradas.
3) El mecanismo de bloqueo de la palanca de freno de mano puede cambiarse con el fin de obtener un desbloqueo
instantáneo (freno de mano “fly-off”).
4) El volante de la dirección es libre. El sistema de bloqueo antirrobo de dirección puede dejarse inoperante.
El mecanismo de retirada rápida del volante debe consistir en un collarín concéntrico al eje del volante, coloreado
amarillo por medio de anodización o cualquier otro revestimiento duradero, e instalado en la columna de dirección
por detrás del volante.
El sistema de retirada debe ser operado tirando del collarín siguiendo el eje de la dirección.
5) Se permite añadir compartimentos suplementarios a la guantera y bolsillos adicionales en las puertas, siempre
que se usen los paneles de origen.
6) Se pueden añadir paneles de material aislante sobre los paneles existentes para proteger a los pasajeros o piezas
del fuego o el calor.
6.7.4.- Refuerzos:
Pueden montarse barras de refuerzo sobre los puntos de anclaje de la suspensión a la carrocería o al chasis de un
mismo eje, a cada lado del eje longitudinal del vehículo, a condición de que sean desmontables y estén atornillados.
La distancia entre un punto de anclaje de la suspensión y un punto de anclaje de la barra no puede ser superior a
100 mm, salvo si se trata de una barra transversal homologada con la jaula y salvo en el caso de una barra superior
fijada a una suspensión Mc Pherson o similar. En este último caso, la distancia máxima entre un punto de anclaje de
la barra y el punto de articulación superior será de 150 mm (dibujos 255-4 y 255-2).
Fuera de estos puntos, esta barra no debe anclarse sobre la carrocería o los elementos mecánicos.
Se permite el refuerzo de la parte suspendida a condición de que el material utilizado siga la forma original y este en
contacto con ella.
6.7.5.- Cuando la rueda de repuesto esté situada originalmente en un alojamiento cerrado, y cuando esta rueda se
sustituya por una más ancha (ver artículo 6.4) situada en este alojamiento, es posible eliminar de la tapa del
emplazamiento de la rueda la superficie inducida por el diámetro de la nueva rueda ( dibujo 254-2).
6. 8.- Sistema eléctrico:
- Batería: La marca, la capacidad y los cables de la batería son libres. La tensión y el emplazamiento deben
conservarse.
Se permite un desconectador de la batería en el habitáculo.
- Generador: Se autoriza la sustitución por un generador de mayor potencia. Una dinamo no puede sustituirse por
un alternador, ni viceversa.
- Sistema de iluminación: Se autorizan faros suplementarios incluidos sus relés correspondientes, a condición de
no sobrepasar un total de ocho faros (no incluidos los pilotos de posición) y de que esto sea aceptado por las leyes
del país.
No se podrán instalar por empotramiento. El número de faros y luces exteriores deberá ser par.
Los faros de origen pueden dejarse inoperantes y pueden cubrirse con cinta adhesiva. Pueden reemplazarse por otros
respetando este artículo. Está autorizado el montaje de una luz de marcha atrás con la condición de que solo pueda
utilizarse cuando la palanca de cambios se encuentre en la posición de “marcha atrás” y siempre que se observen los
Reglamentos de Circulación.
- Se permite añadir fusibles al circuito eléctrico.
6.9.- Circuito de carburante:
Si el depósito de origen está equipado con una bomba eléctrica y un filtro interior, es posible, en caso de utilizar un
depósito FT3 1999, FT3.5 ó FT5 u otro depósito homologado por el fabricante en la ficha de homologación del
vehículo, situar en el exterior un filtro y una bomba de características idénticas a la homologada. Estas piezas
deberán estar protegidas de forma adecuada.
Se autoriza el montaje de una segunda bomba de combustible, pero debe ser una bomba de repuesto, es decir, no
puede funcionar junto con la bomba autorizada. Sólo debe conectarse cuando el vehículo esté inmóvil y por medio
de un sistema puramente mecánico, situado junto a las bombas.
Los orificios de llenado no podrán estar situados en las lunas.
Si se utiliza un depósito FT3 1999, FT3.5 ó FT5 las canalizaciones de gasolina deben cambiarse por canalizaciones
de tipo aviación, el recorrido de estas canalizaciones es libre.
En el caso de utilizar el depósito de serie, este cambio es opcional.
La capacidad total de los depósitos no debe exceder de la indicada en el artículo 401.d de la ficha de homologación
de Grupo N, excepto en rallies si el vehículo está equipado con depósitos FT3 o FT3 1999. En este caso, la
capacidad total de los depósitos de carburante no debe exceder los límites siguientes en función de la cilindrada del
motor:
Hasta 700 cm3 60 l.
Más de 700 a 1.000 cm3 70 l.
Más de 1.000 a 1.400 cm3 80 l.
Más de 1.400 cm3 95 l.
Para vehículos de dos volúmenes homologados a partir de 01/01/98, con un depósito de combustible instalado en el
compartimento del equipaje, una caja resistente al fuego y estanca debe rodear al depósito de combustible y sus
orificios de llenado.
Para vehículos de tres volúmenes homologados a partir de 01/01/98, un panel resistente al fuego y estanco debe
separar el habitáculo y el depósito de combustible. No obstante se recomienda que este panel estanco se sustituya
por una caja estanca como en los vehículos de dos volúmenes.
6.10.- Gato:
Los puntos de levantamiento pueden reforzarse, trasladarse o aumentarse su número. Estas modificaciones están
limitadas exclusivamente a los puntos de levantamiento.
6.11.- Estructuras de seguridad:
Este artículo se aplica a todas las estructuras de seguridad en conformidad con los artículos 253.8.4 y 253.8.5
para vehículos con una cilindrada corregida de más de 2 litros, homologados a partir del 1 de enero de 2006:
Especificaciones del tubo usado para el arco principal: diámetro mínimo 45 mm, espesor mínimo 2,5 mm, (ó
50 x 2 mm) resistencia mínima a la tracción 35 daN/mm2.
Los tubos usados para la estructura de seguridad deberán tener un diámetro mínimo de 35 mm y un espesor
mínimo de 1,5 mm.
La longitud máxima de todos los tubos de menos de 40 mm en conjunto no debe ser mayor de 15 m.
La estructura de seguridad debe componerse de los siguientes elementos:
- Arco principal
- Arco delantero
- Arco lateral o semi arco lateral
- Refuerzos en las puertas, en cada lado, en conformidad con los dibujos 253-8 ó 253-12 ó 253-17 y
253-17D y 253-17B
- Dos miembros posteriores
- Refuerzos en el techo en conformidad con dibujos 253-9A ó 253-9B ó 253-9C
- Dos miembros diagonales en conformidad con los dibujos 253-4 ó 253-5
- Refuerzo diagonal en conformidad con el dibujo 253-3
- Refuerzo de curvas y uniones en conformidad con el dibujo 253-10
En proyección frontal, los refuerzos de las curvas y las uniones de las esquinas superiores del arco delantero
deben ser visibles sólo a través del área del parabrisas descrito en el dibujo 253-17E.
Los miembros adicionales de refuerzo de la estructura deben tener un espesor mínimo de 1mm y un diámetro
mínimo de 30mm.
7.- VEHÍCULOS CON UNA CILINDRADA CORREGIDA SUPERIOR A 2 LITROS.
El siguiente artículo se aplicará sólo a los vehículos con una cilindrada corregida superior a 2 litros.
7.1.- Motor
7.1.1.- Volante motor
Se permite emplear un volante motor homologado como VO de Grupo N.
7.1.2.- Sistema de refrigeración
Se permite emplear conducciones homologadas como VO de Grupo N.
7.1.3.- Adquisición de datos
Se autoriza un sistema de adquisición de datos, incluso si el vehículo de serie no lo equipa.
Debe estar conectado sólo a:
- Los sensores de serie
- Se permite añadir los siguientes sensores: temperatura de líquido refrigerante, temperatura de
aceite, presión de aceite y régimen del motor.
Se prohíbe cualquier intercambio de datos con el vehículo excepto mediante una conexión por cable o una
tarjeta.
7.1.4.- Sistema ‘Anti-lag’
Se permite añadir un interruptor y un cableado eléctrico con el único propósito de activar el sistema ‘Antilag’.
7.2.- Transmisión
7.2.1.- Embrague
Se permite emplear el mecanismo del plato de presión del embrague así como el mecanismo de accionamiento
homologados como VO de Grupo N.
7.2.2.- Mecanismo de accionamiento de la caja de cambios
Se permite emplear el mecanismo de accionamiento homologado como VO de Grupo N.
7.2.3.- Diferenciales delantero y trasero
Solo se autorizan diferenciales de tipo mecánico de deslizamiento limitado de discos.
Los diferenciales de tipo mecánico de deslizamiento limitado de discos deben:
- O bien proceder del modelo de serie
- O ser homologados como VO de Grupo N.
Un diferencial de tipo mecánico de deslizamiento limitado es cualquier sistema que trabaja exclusivamente de
modo mecánico, es decir, sin la asistencia de otro sistema hidráulico o eléctrico.
Un embrague viscoso no se considera un sistema mecánico.
Cualquier diferencial con control electrónico está prohibido. El número y el tipo de discos es libre.
7.3.- Suspensión
7.3.1.- Placas superiores de suspensión
Se permite emplear placas de suspensión superiores homologadas como VO de Grupo N.
7.3.2.- Barras antibalanceo
Se permite emplear diámetros de barras antibalanceo homologados como VO de Grupo N.
7.4.- Frenos
7.4.1.- Discos de freno
Se permite emplear discos de freno homologados como VO de Grupo N.
7.4.2.- Pinzas de freno
Se permite emplear pinzas de freno homologadas como VO de Grupo N.