Buenas chavales. Os comento, quiero homologarle un volante a un coche que no lleva airbag, un omp (sus dimensiones están dentro de las tolerancias permitidas)
Consultando el Real Decreto que regula la tramitación de reformas (RD 736/1988) veo que exigen dos documentos:
-B Informe favorable del fabricante o de su representante debidamente acreditado o del Laboratorio Oficial acreditado en España.
-C Certificación del taller que hace la reforma.
Respecto al documento B, dónde he de pedirlo, en la Citroen o en OMP? está complicado hacerse con el? con Laboratorio se refieren a una empresa que se dedique a realizar reformas de importancia, no?
A ver si me podeis echar un cable, porque tal y como están las cosas últimamente con los amigos de verde, eres un delincuente si cambias un volante sin homologar, en fin....
Os dejo el link del Real Decreto, puntualiza todo lo que se puede homologar, y en el cuadro, a la derecha, la documentación exigida para realizarlo
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... -1988.html
Consultando el Real Decreto que regula la tramitación de reformas (RD 736/1988) veo que exigen dos documentos:
-B Informe favorable del fabricante o de su representante debidamente acreditado o del Laboratorio Oficial acreditado en España.
-C Certificación del taller que hace la reforma.
Respecto al documento B, dónde he de pedirlo, en la Citroen o en OMP? está complicado hacerse con el? con Laboratorio se refieren a una empresa que se dedique a realizar reformas de importancia, no?
A ver si me podeis echar un cable, porque tal y como están las cosas últimamente con los amigos de verde, eres un delincuente si cambias un volante sin homologar, en fin....
Os dejo el link del Real Decreto, puntualiza todo lo que se puede homologar, y en el cuadro, a la derecha, la documentación exigida para realizarlo
http://noticias.juridicas.com/base_dato ... -1988.html
Última edición por nenobravo el 18 Mar 2011, 15:14, editado 3 veces en total.